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Condiciones Generales de Contratación

Versión 1.1 · vigente desde 24 de julio de 2026

Índice

  1. 1. Identificación, objeto y ámbito de aplicación
  2. 2. Definiciones y naturaleza artística del encargo
  3. 3. Documentación contractual y orden de prevalencia
  4. 4. Solicitud, evaluación y formación del contrato
  5. 5. Información que debe contener el presupuesto
  6. 6. Colaboración y obligaciones del cliente
  7. 7. Desarrollo del proceso creativo
  8. 8. Validaciones, revisiones y modificaciones
  9. 9. Precio, impuestos, anticipo y pagos
  10. 10. Cancelación solicitada por el cliente
  11. 11. Cancelación, imposibilidad de ejecución y fuerza mayor
  12. 12. Plazos, suspensión e inactividad del cliente
  13. 13. Entrega, embalaje, transporte y transmisión del riesgo
  14. 14. Daños, pérdida e incidencias de entrega
  15. 15. Exclusión del derecho de desistimiento
  16. 16. Conformidad y garantía legal
  17. 17. Conservación y cuidado de la obra
  18. 18. Fotografías y referencias aportadas por el cliente
  19. 19. Personas identificables, menores y espacios privados
  20. 20. Propiedad intelectual y usos permitidos de la obra
  21. 21. Publicación en portfolio, web y redes sociales
  22. 22. Comunicaciones y prueba del contrato
  23. 23. Atención al cliente y reclamaciones
  24. 24. Legislación aplicable y resolución de controversias
  25. 25. Integridad, nulidad parcial y no renuncia
  26. 26. Versión aplicable y modificaciones

1. Identificación, objeto y ámbito de aplicación

1.1. Identificación del profesional

Teobaldo Corro Acuarelas es la denominación comercial utilizada por Teobaldo Antonio Corro Graffe, profesional individual dedicado a la creación de acuarelas originales pintadas a mano por encargo.

Los datos de contacto constan en el encabezado de estas condiciones y estarán disponibles permanentemente en el sitio web.

1.2. Objeto

Estas Condiciones Generales regulan la contratación a distancia de acuarelas originales personalizadas, realizadas a partir de fotografías, referencias, indicaciones y decisiones concretas del cliente.

La contratación puede iniciarse mediante:

  • el formulario de la web;
  • correo electrónico;
  • WhatsApp;
  • cualquier otro medio escrito aceptado por las partes.

La solicitud de información, el envío de fotografías o el inicio de una conversación no obligan al cliente a contratar ni a Teobaldo Corro a aceptar el encargo.

1.3. Contratación con consumidores

Estas condiciones están redactadas para personas físicas que actúan con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión y que, por tanto, tienen la consideración de consumidoras conforme al texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Cuando una obra se encargue para un negocio, una actividad profesional, una comunicación corporativa, un establecimiento comercial o cualquier finalidad empresarial, se aplicarán las condiciones particulares o las condiciones B2B que se faciliten para ese encargo.

Las normas específicas de protección de consumidores solo resultarán aplicables cuando la persona contratante tenga legalmente esa condición.

1.4. Carácter individual del encargo

Cada encargo se valora de forma individual. La viabilidad, el proceso, el precio, el anticipo, el plazo, las fases de validación y las condiciones particulares pueden variar según la complejidad y las necesidades de la obra.

Estas condiciones establecen el marco general. El presupuesto concreta las características del encargo particular.

2. Definiciones y naturaleza artística del encargo

2.1. Definiciones

A efectos de estas condiciones:

  • Cliente: persona que solicita y, en su caso, contrata la obra.
  • Obra: acuarela original personalizada objeto del encargo.
  • Presupuesto: documento que describe y valora el encargo concreto.
  • Anticipo: cantidad abonada a cuenta del precio para confirmar el encargo y permitir el inicio del proceso creativo.
  • Encuadre o composición: selección y organización visual de los elementos que formarán parte de la obra.
  • Previo digital: composición, edición, reconstrucción, fusión o ajuste de fotografías utilizado para preparar el encuadre.
  • Boceto o borrador: propuesta previa, digital o dibujada, destinada a definir la composición antes de trabajar sobre el soporte definitivo.
  • Trazado definitivo: dibujo realizado sobre el papel de acuarela que servirá de estructura para la pintura final.
  • Validación o aprobación: confirmación escrita del cliente que permite continuar a la fase siguiente.
  • Revisión: solicitud de modificación dentro de las fases y límites establecidos en el presupuesto y en estas condiciones.
  • Soporte duradero: medio que permite conservar y reproducir la información, como correo electrónico, documento descargable o conversación escrita de WhatsApp.

2.2. Naturaleza de la obra

La obra constituye una creación artística original realizada manualmente. Se confecciona conforme a las especificaciones del cliente, pero incorpora necesariamente la interpretación, el criterio compositivo, el trazo, la síntesis y las decisiones técnicas del artista.

La acuarela no es:

  • una reproducción fotográfica exacta;
  • una impresión digital;
  • una copia mecánica de la fotografía;
  • una simulación informática del resultado final.

La fotografía y los previos sirven como referencia. El resultado final se expresa mediante las características propias de la acuarela, entre ellas la transparencia, la superposición de lavados, la textura del papel, la síntesis de detalles y las variaciones naturales del pigmento y del secado.

2.3. Obra única y variaciones naturales

Cada acuarela es una pieza única. Incluso cuando se utilicen las mismas referencias, no es posible garantizar dos resultados idénticos.

Las variaciones propias del proceso manual y de los materiales no constituyen defectos cuando no alteran sustancialmente las características acordadas.

3. Documentación contractual y orden de prevalencia

3.1. Documentos que integran el contrato

La relación contractual está formada por:

  1. el presupuesto aceptado;
  2. estas Condiciones Generales;
  3. las condiciones particulares acordadas por escrito;
  4. las aprobaciones y decisiones documentadas durante el proceso;
  5. la Política de Privacidad, en lo relativo al tratamiento de datos personales;
  6. la autorización de publicación, únicamente cuando el cliente la otorgue de forma separada.

3.2. Orden de prevalencia

En caso de contradicción, se aplicará el siguiente orden:

  1. acuerdos particulares posteriores aceptados expresamente por ambas partes;
  2. condiciones particulares del presupuesto;
  3. estas Condiciones Generales;
  4. información general publicada en la web.

Una descripción orientativa de la web no sustituye las condiciones concretas del presupuesto.

3.3. Modificaciones posteriores

Cualquier modificación del encargo, del precio, del plazo o del alcance deberá quedar documentada por escrito.

Los mensajes informales no modificarán el contrato cuando no permitan identificar con claridad el cambio solicitado y su aceptación.

4. Solicitud, evaluación y formación del contrato

4.1. Solicitud inicial

El cliente podrá enviar una descripción del proyecto y fotografías de referencia. Debe procurar que la información sea suficiente, legible y relevante para valorar el encargo.

El envío de material no garantiza que el encargo sea aceptado.

4.2. Evaluación de viabilidad

Antes de emitir presupuesto, Teobaldo Corro podrá valorar, entre otros aspectos:

  • calidad y utilidad de las fotografías;
  • complejidad de la composición;
  • necesidad de combinar o reconstruir imágenes;
  • tamaño solicitado;
  • presencia de personas u otros elementos complejos;
  • plazo disponible;
  • adecuación del encargo a la especialidad artística;
  • derechos o autorizaciones sobre las referencias.

Teobaldo Corro podrá rechazar un encargo cuando considere que no puede ejecutarlo con la calidad adecuada, que las referencias son insuficientes, que el plazo es inviable, que el contenido puede vulnerar derechos de terceros o que el proyecto queda fuera de su ámbito profesional.

4.3. Emisión del presupuesto

Cuando el encargo resulte viable, se enviará un presupuesto en soporte duradero.

El presupuesto no obliga al cliente hasta su aceptación ni obliga a mantener disponibilidad una vez vencido su periodo de validez.

4.4. Aceptación

El cliente deberá manifestar de forma inequívoca que acepta:

  • el presupuesto;
  • estas Condiciones Generales;
  • la exclusión del derecho de desistimiento aplicable a bienes personalizados;
  • las condiciones particulares que figuren en el presupuesto.

La aceptación puede realizarse mediante firma, correo electrónico, formulario o mensaje escrito de WhatsApp.

4.5. Formalización del contrato

Salvo que el presupuesto establezca otra cosa, el contrato se considera formalizado cuando concurren conjuntamente:

  1. la aceptación expresa del presupuesto y de estas condiciones; y
  2. la recepción del anticipo indicado.

Hasta ese momento no queda reservado el hueco de producción ni existe obligación de iniciar el trabajo.

4.6. Confirmación documental

Tras la formalización, el cliente recibirá o conservará en soporte duradero el presupuesto, estas condiciones y la confirmación del pago o del encargo.

5. Información que debe contener el presupuesto

El presupuesto identificará, según proceda:

  • número y fecha del presupuesto;
  • periodo de validez;
  • datos del cliente;
  • descripción del motivo;
  • fotografías o referencias principales;
  • formato, medidas y orientación;
  • tipo de papel o soporte;
  • si la obra se entrega enmarcada o sin marco;
  • alcance de la composición o reconstrucción;
  • existencia o no de previo digital;
  • existencia o no de boceto previo;
  • fases que requieren validación;
  • revisiones incluidas sobre encuadre y boceto;
  • precio total con impuestos incluidos;
  • gastos de envío o forma de calcularlos;
  • importe del anticipo;
  • importe pendiente;
  • medios y calendario de pago;
  • plazo o fecha estimada;
  • fecha imprescindible comunicada por el cliente, cuando haya sido aceptada;
  • condiciones particulares;
  • referencia a estas Condiciones Generales.

Las fases creativas no tienen necesariamente un valor fijo o un reparto porcentual predeterminado. Su duración y complejidad pueden variar de forma considerable entre encargos.

6. Colaboración y obligaciones del cliente

6.1. Información veraz y suficiente

El cliente debe facilitar información correcta y suficiente sobre el encargo, la dirección de entrega y cualquier circunstancia relevante.

Debe comunicar antes de contratar si:

  • existe una fecha imprescindible;
  • la obra es un regalo sorpresa;
  • las fotografías pertenecen a terceros;
  • aparecen menores o personas identificables;
  • se pretende un uso comercial o corporativo;
  • existen restricciones sobre la publicación;
  • deben omitirse datos, personas o elementos concretos.

6.2. Revisión de propuestas

El cliente debe revisar cada propuesta con atención antes de aprobarla. La aprobación debe valorar especialmente:

  • encuadre;
  • composición;
  • elementos incluidos y excluidos;
  • proporciones generales;
  • perspectiva;
  • ubicación de los elementos principales.

6.3. Respuestas dentro de plazo

El cliente debe responder en un plazo razonable a las solicitudes de información y validación.

Los retrasos del cliente pueden afectar al calendario y a la fecha de entrega, especialmente cuando existe una cola de producción o una fecha objetivo.

6.4. Cambios de alcance

El cliente no debe introducir, una vez contratado el encargo, cambios sustanciales no incluidos en el presupuesto sin aceptar previamente su posible impacto sobre precio y plazo.

Se consideran cambios sustanciales, entre otros:

  • sustituir el lugar o la referencia principal;
  • modificar de manera relevante el punto de vista;
  • añadir personas, vehículos, edificios o elementos complejos;
  • cambiar el formato o tamaño;
  • reconstruir zonas que inicialmente no formaban parte del encargo;
  • rehacer una composición ya aprobada.

7. Desarrollo del proceso creativo

7.1. Adaptación a cada obra

No todos los encargos requieren las mismas fases. Dependiendo de la complejidad, puede pasarse del encuadre digital directamente al trazado definitivo, o puede ser necesario realizar uno o varios estudios intermedios.

El presupuesto indicará qué fases se prevén para el encargo concreto.

7.2. Evaluación de referencias y asesoramiento

La primera fase puede incluir:

  • análisis de las fotografías;
  • identificación de la referencia más adecuada;
  • valoración de perspectiva, luz y nitidez;
  • asesoramiento sobre formato y orientación;
  • detección de elementos que conviene eliminar, añadir o reconstruir.

La valoración preliminar, cuando no genera todavía una composición o un archivo creativo aprovechable, no equivale por sí sola a un entregable artístico.

7.3. Previo digital y composición

Cuando sea necesario, se podrá preparar un previo digital mediante:

  • recorte o reencuadre;
  • fusión de varias fotografías;
  • reconstrucción de partes ausentes;
  • eliminación o incorporación de elementos;
  • ajuste de perspectiva;
  • organización de la composición;
  • preparación de una base visual para el dibujo.

El previo digital es una herramienta preparatoria. No representa el acabado, color, textura ni expresividad de la acuarela final.

7.4. Boceto o borrador

En encargos de mayor complejidad puede elaborarse un boceto o borrador antes de trabajar sobre el papel definitivo.

El boceto puede realizarse:

  • digitalmente;
  • a grafito sobre papel de trabajo;
  • mediante otra técnica adecuada al proyecto.

Su finalidad es validar la composición general antes de asumir el trabajo más delicado del trazado definitivo.

7.5. Trazado definitivo sobre el papel de acuarela

Tras aprobar el encuadre y, cuando exista, el boceto, se realiza el trazado definitivo sobre el soporte que será pintado.

Esta fase define la estructura de la obra, incluyendo:

  • proporciones;
  • perspectiva;
  • líneas principales;
  • ubicación de elementos;
  • relaciones espaciales;
  • detalles arquitectónicos esenciales.

El trazado constituye una fase técnica y artística central. Un buen resultado en acuarela depende en gran medida de la planificación realizada antes de aplicar el color.

En ciertos proyectos también podrán mostrarse pruebas o propuestas de mezclas cromáticas, sin que estas constituyan una reproducción exacta del color final.

7.6. Pintura con acuarela

Una vez aprobado el trazado, comienza la aplicación de color sobre el papel definitivo.

La acuarela es una técnica transparente y acumulativa. El agua y el pigmento penetran en el papel y las capas sucesivas modifican el resultado. Por ello, una vez iniciada la pintura, las posibilidades de corrección son limitadas y determinadas alteraciones pueden resultar técnicamente inviables o perjudicar la calidad de la obra.

7.7. Acabado y control final

Una vez concluida la pintura, Teobaldo Corro realizará la revisión final, los remates técnicamente procedentes y la preparación para entrega.

El acabado no constituye una nueva fase de rediseño ni permite reabrir decisiones aprobadas durante las fases anteriores.

8. Validaciones, revisiones y modificaciones

8.1. Sistema de aprobaciones sucesivas

El proceso se organiza mediante validaciones sucesivas para detectar y corregir los aspectos relevantes antes de iniciar las fases de mayor complejidad técnica y menor capacidad de modificación.

La validación de una fase permite continuar a la siguiente.

8.2. Revisiones incluidas

Las revisiones incluidas y su número se indicarán en el presupuesto.

Con carácter general, las revisiones se limitan a:

  • el encuadre o composición inicial;
  • el boceto o borrador, cuando exista.

Las revisiones deben respetar el motivo, alcance y concepto contratado.

8.3. Trazado definitivo

El trazado definitivo no constituye una nueva fase de revisión del diseño.

Su presentación permite comprobar que las decisiones previamente aprobadas se han trasladado correctamente al papel de acuarela.

En esta fase solo se admitirán correcciones puntuales o de escasa entidad cuando:

  • respondan a una discrepancia respecto de lo aprobado;
  • sean técnica y materialmente viables;
  • no exijan rehacer la composición;
  • no comprometan el soporte definitivo.

No se consideran correcciones puntuales:

  • cambiar sustancialmente el encuadre;
  • sustituir elementos principales;
  • alterar la perspectiva aprobada;
  • modificar la arquitectura general;
  • introducir nuevas referencias complejas.

8.4. Pintura iniciada

Una vez iniciada la pintura, no se admiten modificaciones sustanciales.

Podrán realizarse únicamente ajustes que el artista considere técnicamente posibles y compatibles con la integridad de la obra.

La imposibilidad de realizar un cambio no constituye incumplimiento cuando ese cambio afecta a una decisión previamente aprobada o resulta incompatible con la técnica.

8.5. Revisiones adicionales y cambios de alcance

Las solicitudes que excedan las revisiones incluidas, reabran una fase aprobada o amplíen el alcance podrán:

  • rechazarse cuando sean inviables;
  • generar un presupuesto complementario;
  • ampliar el plazo de ejecución;
  • exigir la sustitución del soporte y el reinicio parcial o total de la obra.

Ningún trabajo adicional se realizará sin informar previamente al cliente de sus consecuencias económicas y temporales.

8.6. Forma de aprobación

La aprobación debe constar por escrito mediante correo electrónico, WhatsApp, formulario o documento firmado.

Expresiones inequívocas como “aprobado”, “adelante”, “puedes continuar” o equivalentes se considerarán autorización para pasar a la fase siguiente.

9. Precio, impuestos, anticipo y pagos

9.1. Precio

El precio definitivo es el indicado en el presupuesto aceptado.

Los importes dirigidos a consumidores incluyen los impuestos legalmente aplicables, salvo que se identifique claramente un concepto que no esté incluido.

Los precios publicados en la web con expresiones como “desde” son orientativos y no sustituyen el presupuesto individual.

9.2. Gastos de envío

Los gastos de envío se indicarán antes de contratar. Cuando estén incluidos en el precio, el presupuesto lo expresará de forma clara.

9.3. Anticipo

El presupuesto indicará el anticipo necesario para confirmar el encargo.

El anticipo:

  • se imputa al precio total;
  • reserva el hueco de producción;
  • permite iniciar el trabajo creativo;
  • no constituye por sí mismo una penalización;
  • no es automáticamente no reembolsable.

En caso de cancelación, su devolución total o parcial se determinará conforme al trabajo efectivamente realizado y a la cláusula 10.

9.4. Pago restante

Salvo acuerdo distinto, el importe pendiente deberá abonarse antes del envío de la obra.

Teobaldo Corro no estará obligado a entregar o enviar la obra mientras existan cantidades vencidas y exigibles.

9.5. Medios de pago

Los medios disponibles se indicarán en el presupuesto o en la comunicación de pago, entre ellos, según el caso: transferencia bancaria, Bizum, un enlace de pago generado a través de un proveedor de servicios de pago (como Getnet), o cualquier otro medio indicado expresamente en el presupuesto.

Cuando se utilice un enlace de pago de un tercero, el cliente introducirá sus datos de pago directamente en la plataforma de ese proveedor, que actuará conforme a sus propias condiciones; Teobaldo Corro no recibe ni almacena los datos de la tarjeta.

El cliente solo asumirá comisiones o costes que se le hayan comunicado antes de contratar.

9.6. Falta de pago

Si el cliente no abona una cantidad en el plazo acordado, Teobaldo Corro podrá suspender el proceso o la entrega hasta recibir el pago, sin que el tiempo de suspensión sea imputable al artista.

Antes de resolver el contrato por impago se enviará un requerimiento escrito concediendo un plazo razonable para regularizar la situación.

9.7. Facturación del anticipo

El anticipo indicado en el presupuesto tiene la consideración de cobro anticipado. El impuesto sobre el valor añadido se devenga en el momento del cobro, por lo que corresponde emitir factura por el anticipo recibido.

El flujo de facturación incluirá, según proceda: una factura por el anticipo cobrado; una factura final que refleje el importe total del encargo y descuente el anticipo ya facturado; y, cuando corresponda una devolución o modificación del importe, una factura rectificativa.

La forma exacta de facturación y el tipo impositivo aplicable se determinarán conforme a la normativa fiscal vigente en cada momento.

10. Cancelación solicitada por el cliente

10.1. Principio general

La acuarela es un bien claramente personalizado y su elaboración se organiza en fases sucesivas.

El anticipo no constituye una penalización por cancelar ni una cantidad no reembolsable por sí misma. En caso de cancelación, sirve para imputar el valor del trabajo creativo ya ejecutado y los costes directamente vinculados al encargo.

Las fases siguientes describen el estado posible de ejecución. No suponen un reparto fijo del precio ni un porcentaje automático.

La cancelación debe comunicarse por escrito.

10.2. Antes de generar un trabajo creativo aprovechable

Si el trabajo se ha limitado a una valoración preliminar y no se ha generado todavía un archivo, composición, reconstrucción, boceto u otro resultado creativo aprovechable para el encargo, el anticipo se devolverá íntegramente.

10.3. Trabajo preparatorio o previo digital ya generado

Si antes de la cancelación se han generado uno o varios resultados de trabajo, como:

  • una composición digital;
  • un encuadre editado;
  • una fusión de fotografías;
  • una reconstrucción de elementos;
  • una corrección de perspectiva;
  • una base de dibujo;
  • pruebas preparatorias específicas;

se devengará el valor proporcional del trabajo efectivamente realizado.

La existencia y estado de esos resultados podrá acreditarse mediante archivos de trabajo, versiones fechadas, mensajes, capturas, propuestas compartidas u otros medios objetivos.

Se devolverá la parte del anticipo que exceda el importe devengado.

10.4. Boceto o borrador entregado

Cuando el encargo incluya boceto o borrador y este haya sido elaborado y entregado al cliente, se considerará completada una fase creativa autónoma.

En caso de cancelación posterior, el importe devengado incluirá el trabajo preparatorio y el boceto efectivamente realizado.

La aprobación del boceto será un elemento adicional para acreditar el estado de ejecución, pero su falta de aprobación no elimina el valor del trabajo ya entregado.

10.5. Trazado definitivo realizado o aprobado

Cuando se haya ejecutado el trazado sobre el papel de acuarela, el importe devengado comprenderá el trabajo acumulado hasta esa fase.

Se tendrá en cuenta que:

  • el trazado se realiza sobre el soporte original;
  • constituye la estructura definitiva de la obra;
  • puede comprometer material específico;
  • su modificación sustancial puede exigir desechar el soporte y comenzar de nuevo.

La presentación y, especialmente, la aprobación escrita del trazado son medios objetivos para acreditar que el encargo ha alcanzado esta fase.

10.6. Pintura iniciada

La aplicación de acuarela sobre el soporte definitivo constituye un punto de no retorno técnico.

Si la cancelación se produce durante la pintura, el importe devengado se calculará según el grado real de ejecución, los resultados ya incorporados al original, los materiales comprometidos y los costes no recuperables.

Cuando la obra esté sustancialmente avanzada, el importe devengado podrá aproximarse a la práctica totalidad del precio, no como penalización, sino porque la mayor parte del trabajo contratado ya habrá sido ejecutada sobre una pieza personalizada que no puede comercializarse ordinariamente con un tercero.

10.7. Obra terminada

Cuando la obra haya sido terminada conforme a lo acordado, será exigible el precio total, aunque el cliente decida no recibirla o no continuar con el envío.

10.8. Criterios de liquidación

Para determinar el importe devengado se atenderá principalmente a:

  • los resultados o entregables efectivamente generados;
  • la fase objetiva alcanzada;
  • el trabajo incorporado al soporte definitivo;
  • los materiales utilizados o comprometidos;
  • los costes no recuperables directamente vinculados al encargo.

El tiempo invertido podrá utilizarse como criterio complementario cuando resulte necesario para valorar un trabajo específico, pero no será el único elemento de cálculo.

En ningún caso se retendrá una cantidad superior al valor razonable del trabajo efectivamente realizado, los materiales comprometidos y los costes no recuperables.

10.9. Explicación al cliente

Cuando el cliente lo solicite, Teobaldo Corro facilitará una explicación razonada del estado de ejecución y de los criterios objetivos utilizados para calcular el importe devengado.

10.10. Devolución

Cuando proceda una devolución, se realizará utilizando el medio acordado y dentro de un plazo razonable desde que se determine la liquidación final.

11. Cancelación, imposibilidad de ejecución y fuerza mayor

11.1. Cancelación por Teobaldo Corro

Si Teobaldo Corro no pudiera ejecutar el encargo por una causa imputable a él, el cliente podrá elegir entre:

  • aceptar una nueva fecha; o
  • resolver el contrato y recibir la devolución íntegra de las cantidades abonadas por el trabajo no entregado.

Si existieran entregables intermedios que el cliente deseara conservar y ambas partes lo acuerdan, podrá realizarse una liquidación específica.

11.2. Imposibilidad técnica sobrevenida

Durante el proceso pueden aparecer limitaciones que no resultaban detectables al inicio, por ejemplo:

  • insuficiencia de las referencias;
  • incompatibilidad entre fotografías;
  • imposibilidad razonable de reconstruir un elemento;
  • deterioro accidental del soporte;
  • imposibilidad de obtener el resultado mínimo exigible sin alterar el encargo.

Teobaldo Corro informará al cliente y propondrá, según el caso:

  • adaptar la composición;
  • solicitar nuevas referencias;
  • sustituir el soporte;
  • modificar el plazo;
  • resolver el contrato.

Si la imposibilidad no es imputable a ninguna de las partes, la liquidación atenderá al trabajo útil efectivamente realizado y a los costes no recuperables, sin perjuicio de los derechos legales del consumidor.

11.3. Fuerza mayor

Ninguna parte será responsable de retrasos o incumplimientos causados por hechos imprevisibles o inevitables fuera de su control razonable, como enfermedad grave, accidente, incendio, daños generalizados, interrupciones esenciales de servicios, catástrofes o restricciones públicas.

La parte afectada deberá comunicar la situación sin demora indebida.

Si la causa impide definitivamente ejecutar el encargo, se resolverá el contrato y se devolverán las cantidades correspondientes al trabajo no realizado.

12. Plazos, suspensión e inactividad del cliente

12.1. Plazo individual

El plazo de ejecución o la fecha estimada se indicarán en el presupuesto.

No se aplicará un plazo general idéntico a todos los encargos.

12.2. Inicio del plazo

Salvo acuerdo distinto, el cómputo comienza cuando se hayan recibido:

  • la aceptación del presupuesto;
  • el anticipo;
  • las fotografías y datos necesarios;
  • cualquier instrucción imprescindible para comenzar.

12.3. Fechas imprescindibles

Si la obra debe entregarse antes de una fecha concreta —por ejemplo, una boda, aniversario o cumpleaños—, el cliente debe comunicarlo antes de contratar.

La fecha solo tendrá carácter comprometido cuando Teobaldo Corro la haya aceptado expresamente por escrito.

12.4. Retrasos imputables al cliente

Los siguientes hechos pueden ampliar el plazo:

  • demora en aportar fotografías o información;
  • tardanza en aprobar una fase;
  • solicitud de cambios;
  • ampliación del alcance;
  • falta de pago;
  • datos de envío incorrectos.

La nueva fecha se ajustará razonablemente a la disponibilidad del taller y a la fase en la que se encuentre el encargo.

12.5. Suspensión por falta de respuesta

Si el cliente no responde durante 30 días naturales a una solicitud necesaria para continuar, Teobaldo Corro podrá suspender el encargo y liberar provisionalmente el hueco de producción.

La reanudación quedará sujeta a la disponibilidad existente en ese momento.

12.6. Inactividad prolongada

Si la falta de respuesta supera 90 días naturales, Teobaldo Corro podrá enviar un último requerimiento concediendo al cliente al menos 10 días naturales para responder.

Si no existe respuesta, podrá resolver el contrato y liquidar el trabajo conforme a la cláusula 10.

Esta medida no se aplicará cuando el silencio se deba a una causa comunicada y aceptada por las partes.

13. Entrega, embalaje, transporte y transmisión del riesgo

13.1. Forma de entrega

La obra se entregará o enviará según lo indicado en el presupuesto.

Salvo que se acuerde expresamente, la obra se entrega sin marco.

13.2. Embalaje

Teobaldo Corro utilizará un embalaje adecuado al formato y naturaleza de la obra, procurando protegerla frente a humedad, flexión, rozaduras y golpes ordinarios del transporte.

13.3. Dirección

El cliente debe facilitar una dirección completa y correcta y comunicar cualquier cambio antes de que el envío sea preparado.

Los costes de reexpedición causados por una dirección incorrecta, ausencia reiterada o negativa injustificada a recibir el paquete podrán ser asumidos por el cliente, previa información.

13.4. Transportista

El transportista y la modalidad de envío se elegirán según destino, tamaño, valor y disponibilidad.

Cuando el transporte sea organizado por Teobaldo Corro, el riesgo de pérdida o daño se transmitirá al consumidor cuando él o un tercero indicado por él, distinto del transportista, adquiera la posesión material de la obra.

Si el consumidor contrata por su cuenta un transportista no propuesto por Teobaldo Corro, se aplicará el régimen legal correspondiente.

13.5. Seguimiento y plazos de transporte

Cuando exista seguimiento, se facilitará al cliente.

Los plazos del transportista son estimados y distintos del plazo de creación de la obra.

13.6. Envíos internacionales

En envíos fuera del territorio aduanero correspondiente, el presupuesto informará, cuando sea posible, de la posible existencia de:

  • aranceles;
  • impuestos de importación;
  • gastos de gestión;
  • controles aduaneros.

Salvo indicación contraria, esos importes en destino serán responsabilidad del cliente.

14. Daños, pérdida e incidencias de entrega

14.1. Revisión al recibir

El cliente debe revisar el estado exterior del paquete y de la obra tan pronto como sea razonablemente posible.

14.2. Comunicación de daños

Si aprecia daños, pérdida parcial o manipulación, debe comunicarlo a info@teobaldocorro.es lo antes posible y aportar, cuando pueda:

  • fotografías del embalaje exterior;
  • fotografías de la etiqueta;
  • imágenes de las protecciones interiores;
  • fotografías de la obra y del daño;
  • descripción de la incidencia.

Se recomienda conservar el embalaje hasta resolver el expediente.

La comunicación rápida facilita la reclamación frente al transportista, pero no limita los derechos legales del consumidor ni establece una caducidad distinta de la prevista por la ley.

14.3. Solución

Según la naturaleza del daño y las posibilidades técnicas, la solución podrá consistir en:

  • restauración;
  • sustitución, si fuera posible;
  • nueva ejecución;
  • reducción del precio;
  • resolución del contrato;
  • otra solución acordada compatible con la normativa de consumo.

14.4. Pérdida

Si el envío se pierde antes de la transmisión del riesgo, Teobaldo Corro gestionará la incidencia y propondrá al cliente la nueva ejecución, una fecha alternativa o el reembolso que legalmente proceda.

15. Exclusión del derecho de desistimiento

15.1. Bien claramente personalizado

Las acuarelas objeto de estas condiciones se confeccionan conforme a las especificaciones individuales del cliente y a partir de sus fotografías, decisiones e indicaciones.

Por ello, resulta aplicable la excepción prevista en el artículo 103.c del Real Decreto Legislativo 1/2007: el derecho legal de desistimiento de 14 días no se aplica al suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados.

15.2. Momento de aplicación

La exclusión deriva de la naturaleza personalizada del bien y no de que la pintura haya comenzado ni de que el anticipo sea declarado no reembolsable.

El cliente será informado de esta exclusión antes de formalizar el contrato.

15.3. Derechos que permanecen

La exclusión del desistimiento no elimina:

  • la política contractual de cancelación de la cláusula 10;
  • los derechos por falta de conformidad;
  • los derechos ante incumplimiento;
  • el derecho a reclamar daños de transporte;
  • cualquier otro derecho imperativo del consumidor.

16. Conformidad y garantía legal

16.1. Conformidad con el contrato

La obra deberá ajustarse sustancialmente a lo acordado respecto de:

  • motivo;
  • formato y medidas;
  • orientación;
  • soporte;
  • composición aprobada;
  • elementos principales;
  • condiciones particulares;
  • estado material de entrega.

16.2. Naturaleza artística y expectativas razonables

No constituyen por sí solas falta de conformidad:

  • diferencias entre los colores vistos en pantalla y los pigmentos físicos;
  • variaciones propias del papel y del secado;
  • textura, manchas controladas, bordes, transparencias o granulación inherentes a la técnica;
  • síntesis de detalles secundarios;
  • pequeñas diferencias no sustanciales respecto del boceto;
  • decisiones artísticas compatibles con la composición aprobada;
  • ausencia de elementos no incluidos expresamente.

Esta cláusula no permite entregar una obra distinta de la acordada ni excluir defectos materiales reales.

La conformidad de la obra se valora frente a las especificaciones acordadas y el boceto aprobado durante el proceso de encargo, y no frente a una reproducción fotográfica literal de la referencia aportada, dado que la acuarela constituye una interpretación artística de dicha referencia.

16.3. Garantía legal

Cuando el cliente sea consumidor, se aplicará el régimen legal de conformidad del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Con carácter general, Teobaldo Corro responderá de las faltas de conformidad que se manifiesten dentro del plazo legal de tres años desde la entrega, sin perjuicio de futuras modificaciones normativas.

16.4. Remedios

En caso de falta de conformidad, se aplicarán los remedios legales atendiendo a la naturaleza de una obra original y a la proporcionalidad. Podrán incluir:

  • corrección o restauración;
  • nueva ejecución, cuando sea posible y proporcionada;
  • reducción del precio;
  • resolución del contrato.

La medida aplicable se decidirá conforme a la ley y a las circunstancias del caso.

16.5. Daños posteriores y uso inadecuado

La garantía no cubre daños posteriores a la entrega causados por:

  • humedad o agua;
  • exposición prolongada al sol;
  • montaje o enmarcado inadecuado;
  • manipulación negligente;
  • adhesivos, cintas o materiales ácidos;
  • golpes, roturas o accidentes posteriores;
  • intervenciones de terceros.

Esta exclusión no afecta a daños que ya existían al entregarse ni a responsabilidades legalmente exigibles.

17. Conservación y cuidado de la obra

La acuarela debe conservarse con medidas razonables, especialmente:

  • evitar luz solar directa continuada;
  • protegerla de humedad y condensación;
  • utilizar materiales de enmarcado adecuados;
  • evitar contacto directo con adhesivos;
  • manipularla con las manos limpias y secas;
  • mantenerla alejada de fuentes intensas de calor.

Teobaldo Corro podrá entregar recomendaciones de cuidado. Esas recomendaciones no sustituyen las obligaciones legales ni convierten cualquier deterioro en responsabilidad del cliente de forma automática.

18. Fotografías y referencias aportadas por el cliente

18.1. Legitimación para aportar las referencias

El cliente declara que:

  • es autor de las imágenes; o
  • dispone de autorización o licencia suficiente; o
  • puede utilizarlas legítimamente como referencias para el encargo sin vulnerar derechos de terceros.

18.2. Fotografías profesionales

El hecho de aparecer en una fotografía o haber pagado un reportaje no implica necesariamente ser titular de todos los derechos de explotación.

Cuando las referencias procedan de un fotógrafo profesional —especialmente en bodas, sesiones familiares, inmuebles o eventos—, el cliente debe comprobar que el uso solicitado está permitido.

18.3. Uso como referencia artística

Teobaldo Corro utilizará las imágenes para valorar, preparar y ejecutar el encargo.

Podrá interpretar, combinar, simplificar, reconstruir u omitir elementos conforme a las decisiones aprobadas.

No se reproducirán deliberadamente marcas de agua ni se aceptarán imágenes cuyo uso presente dudas razonables de ilicitud.

18.4. Reclamaciones de terceros

Si un tercero formula una reclamación fundada sobre las referencias, Teobaldo Corro podrá suspender el encargo mientras se aclara la situación.

El cliente deberá colaborar y aportar la información o autorizaciones disponibles.

No se aplicará una exoneración absoluta a favor de Teobaldo Corro cuando este conociera o debiera conocer razonablemente la infracción.

19. Personas identificables, menores y espacios privados

19.1. Personas identificables

Si las fotografías incluyen personas identificables, el cliente declara estar legitimado para aportarlas con la finalidad privada de crear la obra.

La realización del encargo no autoriza automáticamente la publicación de esas imágenes ni de la acuarela terminada.

19.2. Menores

Cuando aparezcan menores, el cliente declara:

  • ser su representante legal; o
  • disponer de autorización suficiente de quien ejerza la patria potestad o tutela.

La publicación de una obra o referencia con un menor identificable requerirá autorización separada y verificable.

19.3. Viviendas y localizaciones privadas

El cliente debe advertir si una vivienda, interior, finca o localización contiene información que deba omitirse.

Teobaldo Corro podrá eliminar o modificar datos innecesarios, como:

  • matrículas;
  • direcciones exactas;
  • nombres visibles;
  • sistemas de alarma;
  • documentos;
  • datos de geolocalización;
  • detalles de seguridad.

19.4. Marcas y negocios

La inclusión de marcas, rótulos o elementos comerciales en una obra de uso privado no implica que se conceda al cliente una licencia para utilizar la acuarela con fines corporativos.

Los usos empresariales se pactarán por separado.

20. Propiedad intelectual y usos permitidos de la obra

20.1. Propiedad del soporte y derechos de autor

De conformidad con los artículos 17 y 56 del Real Decreto Legislativo 1/1996, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la adquisición del soporte material no implica la transmisión de los derechos de explotación sobre la obra.

El cliente adquiere la propiedad de la acuarela física, pero Teobaldo Corro conserva, salvo cesión expresa y escrita, los derechos de:

  • reproducción;
  • distribución en lo que no quede agotado legalmente;
  • comunicación pública;
  • transformación;
  • explotación económica.

20.2. Usos personales permitidos

El cliente puede:

  • conservar y exhibir el original en un ámbito personal;
  • regalar o transmitir el soporte físico;
  • fotografiarlo para archivo personal;
  • compartir imágenes de la obra en perfiles personales no comerciales.

Se recomienda citar a Teobaldo Corro como autor cuando se publique la obra.

20.3. Usos que requieren autorización

Requieren autorización previa y escrita:

  • vender reproducciones;
  • imprimir copias para distribución;
  • utilizar la obra en publicidad;
  • incorporarla a productos, packaging o merchandising;
  • usarla como logotipo o identidad visual;
  • cederla a medios, editoriales o terceros con fines comerciales;
  • transformarla o animarla para explotación;
  • utilizarla en campañas de una empresa;
  • generar activos digitales comerciales a partir de ella.

20.4. Cesiones o licencias

Cualquier licencia o cesión deberá identificar, como mínimo:

  • derechos concedidos;
  • finalidad;
  • territorio;
  • duración;
  • medios o soportes;
  • carácter exclusivo o no exclusivo;
  • contraprestación.

La compra del original no incluye esos derechos salvo que el presupuesto lo indique expresamente.

20.5. Derechos morales

Teobaldo Corro conserva los derechos morales reconocidos legalmente, entre ellos el reconocimiento de autoría y la integridad de la obra, en los términos establecidos por la ley.

21. Publicación en portfolio, web y redes sociales

21.1. Ausencia de autorización automática

La contratación no autoriza automáticamente a Teobaldo Corro a publicar:

  • fotografías de referencia;
  • la acuarela terminada;
  • la historia personal del encargo;
  • nombres o perfiles;
  • personas identificables;
  • viviendas o ubicaciones privadas.

21.2. Autorización separada

La publicación requerirá una autorización:

  • voluntaria;
  • específica;
  • informada;
  • separada de la contratación;
  • diferenciada según el tipo de contenido.

El cliente podrá autorizar por separado:

  • la obra terminada;
  • una historia anonimizada;
  • las referencias originales;
  • su nombre o perfil;
  • el etiquetado en redes sociales.

21.3. Libertad para no autorizar

No autorizar la publicación no afectará:

  • al precio;
  • a la aceptación del encargo;
  • al proceso;
  • a la calidad de la obra;
  • al trato recibido.

21.4. Retirada de la autorización

El cliente podrá retirar la autorización para usos futuros escribiendo a info@teobaldocorro.es.

Tras recibir la retirada, se dejará de utilizar el contenido y se eliminará de los canales propios en un plazo razonable cuando sea técnicamente posible.

La retirada no convierte en ilícito el uso realizado antes de recibirla ni obliga a recuperar materiales impresos ya distribuidos.

22. Comunicaciones y prueba del contrato

22.1. Canales

Las comunicaciones relacionadas con el encargo podrán realizarse mediante:

  • correo electrónico;
  • WhatsApp;
  • formulario web;
  • documentos firmados;
  • otros canales escritos acordados.

22.2. Dirección facilitada

El cliente debe mantener actualizados sus datos de contacto y revisar razonablemente los mensajes relacionados con el encargo.

22.3. Valor probatorio

Podrán utilizarse como prueba de la relación contractual:

  • presupuesto;
  • justificantes de pago;
  • correos;
  • mensajes de WhatsApp;
  • archivos enviados;
  • aprobaciones;
  • documentos de transporte;
  • fotografías de la obra;
  • versiones de trabajo;
  • autorizaciones.

22.4. Confirmaciones verbales

Los acuerdos verbales que alteren aspectos relevantes deberán confirmarse por escrito para formar parte del contrato.

23. Atención al cliente y reclamaciones

23.1. Canal de contacto

Las consultas, incidencias y reclamaciones pueden dirigirse a:

info@teobaldocorro.es

Se recomienda incluir:

  • nombre;
  • número o referencia del encargo;
  • descripción de la incidencia;
  • documentación relevante.

23.2. Respuesta

Teobaldo Corro confirmará la recepción y responderá dentro del plazo legal aplicable, procurando ofrecer una solución clara y proporcionada.

23.3. Hojas de reclamaciones

Existen hojas oficiales de reclamaciones de la Comunidad de Madrid a disposición de las personas consumidoras.

Pueden solicitarse por correo electrónico y obtenerse también a través de los canales oficiales de la Comunidad de Madrid.

23.4. Organismos de consumo

La persona consumidora puede acudir, según corresponda, a:

  • la Oficina Municipal de Información al Consumidor;
  • la Dirección General competente en materia de consumo de la Comunidad de Madrid;
  • otros organismos públicos competentes.

23.5. Arbitraje de consumo

La persona consumidora puede proponer el sometimiento de la controversia al Sistema Arbitral de Consumo.

El arbitraje solo será vinculante cuando exista adhesión previa o Teobaldo Corro acepte someterse al procedimiento en el caso concreto.

No se utilizará el distintivo de adhesión si no existe adhesión formal vigente.

24. Legislación aplicable y resolución de controversias

24.1. Legislación

El contrato se regirá por la legislación española, en particular por la normativa de contratación a distancia, comercio electrónico, protección de consumidores y propiedad intelectual que resulte aplicable.

24.2. Negociación previa

Antes de iniciar un procedimiento judicial, las partes procurarán resolver la controversia mediante comunicación directa y de buena fe, sin que ello limite el derecho del consumidor a reclamar.

24.3. Tribunales competentes

Cuando el cliente sea consumidor, serán competentes los tribunales que determine la normativa imperativa, incluido el tribunal del domicilio del consumidor cuando corresponda.

No se impondrá al consumidor una sumisión territorial contraria a sus derechos legales.

25. Integridad, nulidad parcial y no renuncia

25.1. Integridad

Estas condiciones, el presupuesto y los acuerdos particulares forman el contrato completo sobre el encargo.

25.2. Nulidad parcial

Si una cláusula fuera declarada nula o inaplicable, se tendrá por no puesta o se interpretará en la medida necesaria para ajustarla a la ley, sin afectar al resto del contrato cuando pueda subsistir.

25.3. Derechos imperativos

Ninguna cláusula limita derechos irrenunciables reconocidos al consumidor.

En caso de conflicto entre estas condiciones y una norma imperativa, prevalecerá la norma.

25.4. No renuncia

La falta de ejercicio inmediato de un derecho no implica renuncia a ejercerlo posteriormente dentro del plazo legal.

26. Versión aplicable y modificaciones

26.1. Versión del contrato

Cada encargo se regirá por la versión de estas Condiciones Generales facilitada y aceptada por el cliente en el momento de formalizar el contrato.

26.2. Cambios posteriores

Las modificaciones publicadas después de la contratación solo se aplicarán a encargos formalizados con posterioridad, salvo que:

  • sean necesarias por una norma imperativa; o
  • ambas partes acuerden expresamente aplicarlas al encargo en curso.

26.3. Conservación de la versión aceptada

Teobaldo Corro conservará una referencia o copia de la versión aceptada junto con la documentación esencial del encargo.

26.4. Fecha de entrada en vigor

Esta versión entra en vigor el 14 de julio de 2026.

# Confirmación recomendada antes del anticipo

Confirmo que he revisado y acepto el presupuesto, las características del encargo, el precio, el anticipo, el plazo estimado y las Condiciones Generales de Contratación de Acuarelas Originales por Encargo, versión 1.1. Entiendo que la obra se confeccionará conforme a mis fotografías e indicaciones y que, al tratarse de un bien claramente personalizado, no se aplica el derecho legal de desistimiento de 14 días. He sido informado del proceso de validaciones y de la política de cancelación basada en el trabajo efectivamente realizado.

Teobaldo Corro Acuarelas

Pinto a mano los lugares y objetos que te hacen volver.

Teobaldo Corro es un diseñador y acuarelista venezolano afincado en Getafe, Madrid, especializado en acuarelas originales por encargo de lugares y objetos ligados a historias personales.

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